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Artículo
I
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Se
forma, conformemente a las
disposiciones de la ley
del 1º de julio de
1901, una asociación
que lleva el nombre de «
Défense de la langue
française ». |
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Artículo
II |
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La
asociación tiene
por objetivo la defensa
y la irradiación
de la lengua francesa en
el plano nacional y en el
ámbito internacional. |
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Artículo
III |
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La asociación tiene
su sede en París.
Dicha sede podrá
ser transferida a cualquier
otro lugar por simple decisión
del consejo de administración. |
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Artículo
IV |
La
asociación está
dirigida por un consejo
de administración
que comprende miembros al
menos y máximo veinticuatro,
renovables por tercios todos
los tres años, siendo
cada administrador reelegible.
Los administradores son
elegidos por la asamblea
general.
El consejo puede completarse
en caso de necesidad por
cooptación, en cuyo
caso dicha elección
será sometida a la
ratificación de la
asamblea general ordinaria
siguiente a la cooptación.
El consejo elige en su seno
al presidente de la asociación,
uno o dos vicepresidente(s)
y los demás miembros
del buró.
Las procuraciones escritas
y nominativas de los miembros
del consejo son admitidas
en el límite de dos
por miembro del consejo.
El consejo toma todas las
decisiones útiles
para la buena administración
de la asociación.
El presidente y el o los
vicepresidente(s) no pueden
ejercer responsabilidad
alguna en el seno de la
organización política.
El funcionamiento del consejo
y las atribuciones del buró
serán definidos por
un reglamento interior.
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Artículo
V |
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La Asociación comprende:
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1)
Miembros de honor (personas
físicas)
2) Miembros titulares (ya
sea miembros benefactores,
ya sea miembros activos)
- personas físicas
o morales – que deben
pagar una cotización
anual cuyo monto es fijado
cada año por la asamblea
general sobre proposición
del consejo de administración.
3) El consejo estatúa
sin apelación en
lo referente a la admisión
de miembros o la exclusión
de los mismos. En el último
caso, la decisión
deberá sin embargo
estar justificada por motivo
grave o falta de pago de
la cotización.
Los miembros del Círculo
de prensa Richelieu que
hayan adherido a dicho Círculo
antes del 18 de junio de
1958 son de derecho miembros
fundadores de « Defensa
de la lengua francesa ». |
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Artículo
VI |
El
consejo de administración
puede convocar tantas veces
como lo juzgue útil
la asamblea general de los
miembros titulares y, de
todas formas, al menos una
vez por año.
Es presidida por el presidente
de la asociación
o por su representante.
Las decisiones de la asamblea
general ordinaria son tomadas
a la mayoría simple
de los miembros presentes
o representados. Ésta
ratifica en especial el
reglamento interior o toda
modificación que
le sea sometida por el consejo.
Las decisiones de la asamblea
general extraordinaria son
tomadas a la mayoría
de los dos tercios de los
miembros presentes o representados.
Ratifica en especial las
modificaciones eventuales
a los estatutos.
La orden del día
de la asamblea general es
fijada por el presidente
del consejo de administración.
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Artículo
VII |
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El
consejo podrá proponer
la disolución de
la asociación a una
asamblea general extraordinaria.
En ese caso, ésta
decidirá acerca de
la atribución de
los bienes muebles e inmuebles
que hayan pertenecido a
la asociación. El
producto disponible de la
venta de dichos bienes será
traspasado a una obra reconocida
de utilidad pública.
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Artículo
VIII |
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El
presidente, el o los vicepresidente(s)
representan a la asociación
en todos los actos de la
vida civil. Pueden dar a
un mandatario o representante
los poderes para todos los
actos de la vida civil,
en especial para llenar
las formalidades prescritas
por la ley del 1º de
julio y del decreto del
16 de agosto de 1901.
El presidente, el o los
vicepresidente(s) disponen
de los poderes judiciarios
generales con facultad de
actuar juntos o por separado
con efecto de: |
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-
representar a la asociación
ante la justicia;
- consentir todas las transacciones,
todos los compromisos, todas
las aquiescencias o desistimientos;
- ejercer todas las acciones
judiciarias y a través
de ellas practicar defensa,
y esto desde los preliminares
de conciliación hasta
la ejecución de todos
los juicios y fallos;
- pasar y firmar todos los
actos y piezas, elegir domicilio,
substituir e igualmente
hacer lo necesario. |
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El
presidente o un vicepresidente
puede delegar sus poderes
judiciarios generales a
uno o múltiples miembros
del consejo. |
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| Artículo
IX |
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Conformemente
al derecho común,
el patrimonio de la asociación
responde solo de los compromisos
contractados sin que ninguno
de los miembros pueda ser
considerado personalmente
responsable de ellos.
Para adherir a Defensa de
la lengua francesa y unirse
a sus 3 000 miembros, basta
con llenar o editar el boletín
en la rúbrica adhesión
y de enviarlo, añadiendo
su pago según la
fórmula escogida.
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